La legislación no regula la diferenciación de colores de los cascos de seguridad entregados a los trabajadores. Estas normas suelen ser objeto de reglamentos internos de la empresa. La situación es diferente para los trabajadores de las obras de construcción en general. Los colores de los cascos determinan la función de la persona en la obra:
- casco amarillo – trabajadores manuales;
- casco blanco – director de obra, supervisor e ingenieros;
- casco azul: los que trabajan en altura, los operadores de máquinas, los electricistas, los ingenieros eléctricos;
- casco verde – oficial de seguridad;
- casco negro – arquitecto/inspector;
- casco naranja – topógrafo;
- casco rojo – aprendices y visitantes del sitio.
Aunque los colores de los cascos son un símbolo de trabajo bien organizado, hay que tener en cuenta que en muchas obras los trabajadores no tienen en cuenta su función y llevan cualquier casco disponible.
Es bueno saberlo
El casco protector protege al trabajador de la caída de objetos que, al golpear la parte parietal de la cabeza, pueden causar daños en el cráneo, el cerebro o las vértebras del cuello. Cada casco debe responder a las necesidades individuales del trabajador y protegerlo contra cualquier riesgo de lesión mecánica. El casco debe ser ligero para que no pese demasiado en la cabeza (el peso óptimo es de 255 gramos). El casco debe ser ajustable para que el trabajador pueda adaptarlo al tamaño de su cabeza. También debe cumplir la norma europea EN 397 “Cascos de seguridad industrial”. “Cascos de seguridad industrial”, que define los requisitos físicos y técnicos, los métodos de ensayo y los requisitos de etiquetado de los cascos de seguridad industrial.
Todos los trabajadores deben llevar protección para la cabeza cuando realicen su trabajo:
- construcción, en particular sobre y alrededor de andamios, montaje y desmontaje de encofrados, trabajos de montaje e instalación;
- en puentes, estructuras de acero, mástiles, torres, estructuras hidráulicas de acero, altos hornos, acerías, trenes de laminación, grandes depósitos y tuberías, centrales eléctricas, trabajos de reparación y montaje de calderas y sus instalaciones;
- trabajos en tierra y roca, trabajos en zanjas, zanjas, pozos y túneles;
- en trabajos subterráneos, minas de superficie, carbón y otros recursos minerales; con explosivos;
- en altos hornos, plantas de tratamiento de minerales, fraguas y fundiciones de metales;
- en las proximidades de aparatos elevadores, grúas y cintas transportadoras; en hornos industriales; en astilleros;
- las maniobras en los ferrocarriles.
La normativa relativa a la protección individual de un trabajador en Polonia se encuentra en el Reglamento del Ministro de Trabajo y Política Social de 26 de septiembre de 1997.